El SiRADIG Trabajador es el F572 (formulario) de AFIP, es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias que permite a los empleados transmitir a sus empleadores la información correspondiente de manera electrónica y automatizada.
¿Sos empleado en relación de dependencia y te están reteniendo parte del sueldo? Analizamos si tenes gastos para deducir y que no te retengan, o lo hagan en menor medida.
En el F572 web se presentan los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo.
La presentación debe hacerse hasta el 31 de marzo de cada año y le corresponde a:
- Quienes tengan ingresos por cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.
- Los empleados en relación de dependencia.
- Los jubilados, pensionados, quienes tengan retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto sean por su trabajo personal y siempre que hayan estado sujetos al pago del impuesto. También están incluidos quienes tengan rentas de planes de seguros de retiro privados que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional y sean administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
- Los socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros.
- Las retribuciones que perciben los actores a través de la Asociación Argentina de Actores.
Deducciones a incluir en el F572 Siradig trabajador de AFIP
- Cargas de familia (conyugue e hijos si cumplen los requisitos),
- Impuesto al cheque (Ley 25.413),
- Intereses por créditos hipotecarios,
- Personal de Casas particulares a cargo,
- Gastos de movilidad y viáticos,
- Cuotas Médico-Asistenciales,
- Primas de Seguro para el caso de muerte/riesgo de muerte,
- Primas de Ahorro correspondientes a Seguros Mixtos,
- Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados,
- Donaciones,
- Gastos de sepelio,
- Gastos médicos y paramédicos,
- Gastos de Adquisición de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo,
- Alquiler de inmuebles destinados a casa habitación,
- Aporte a sociedades de garantía recíproca,
- Vehículos de corredores y viajantes de comercio,
- Intereses de corredores y viajantes de comercio.
Si trabajás o vivís en zona patagónica tenés el beneficio del aumento en un 22% de sus deducciones personales.
Por otro lado, los jubilados, pensionados o retirados pueden deducir 6 veces la suma de los haberes mínimos garantizados.
Si necesitas realizar algún trámite lo mejor es contratar a un profesional matriculado, por eso te recomendamos comunicarte con nosotros.
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