Autónomos

Deuda autónomos de 07/2004 a 02/2007

La administración Federal de Ingresos Públicos y la famosa deuda de autónomos entre los periodos 07/2004 y 02/2007, ambos inclusive.

Ya son varios los contribuyentes que se nos acercan para consultar por una deuda desorbitante que les aparecer en la cuenta corriente de monotributo y autónomos (CCMA).

Al revisar la situación de estos contribuyentes nos hemos dado cuenta de que a todos la AFIP les “reclama” la misma deuda de autónomos desde 07/2004 a 02/2007.

Hoy en día esta deuda contiene un gran monto de intereses que supera al capital de la deuda inicial, por lo cual a muchos se les hace imposible cancelar dicha deuda, más allá de la posibilidad de hacer un plan de pagos.

Si bien la deuda ya no es exigible, la misma sigue apareciendo en el sistema y asustando a los contribuyentes. Aquellos contribuyentes que cuenten con esos años para poder llegar a los aportes requeridos para jubilarse pueden regularizar la deuda mediante algún plan de facilidades o moratoria.

Si no necesitan de esos años de aportes para la jubilación recomendamos hacer caso omiso a dicho monto y al momento de pedir la jubilación se solicita la prescripción de esta deuda.

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Pero lo que no deja de llamarnos la atención es que la deuda de justo esos años apareció “automáticamente” para muchos contribuyentes.

Con las diferentes moratorias que hubo cientos de personas pagaron esta deuda a pesar de que no correspondía, ya que no es una deuda cierta, es una deuda que el fisco supone en un gran grupo de contribuyentes.

¿Es tu caso? ¿Tenes clientes con la misma deuda de autónomos desde 07/2004 a 02/2007? Déjanos tu comentarios…


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FlaviaM

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    • Cuando llegue la hora de jubilarse si los aportes que tiene alcanzan (sin necesidad de esos meses de autónomos), se puede renunciar a esa deuda. Pero claramente es algo que inventó la AFIP a miles de contribuyentes, muchos en las moratorias pagaron esa deuda cuando no correspondía pagar.

      • Me ocurre lo mismo, me acabo de enterar porque no me quieren hacer la devolución del pago de las percepciones por a compra de dólares.

        • Claramente es un error de AFIP que nunca fue solucionado, en sí la deuda está prescripta pero impide continuar con otras operaciones (todo a favor de ellos siempre). Habría que ver de pedir la baja retroactiva del impuesto a las ganancias en su caso. Cualquier cosa nos escribe por mail a estudiocontablefam@gmail.com

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FlaviaM

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