Valores Autónomos Septiembre 2022

Valores Autónomos septiembre 2022

Valores vigentes para los trabajadores autónomos a partir de Septiembre 2022 según la categoría correspondiente.

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/09/2022.

Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

CategoríaImporte en pesos
I$7.787,23
II$10.901,96
III$15.574,32
IV$24.918,92
V$34.263,36

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

CategoríaImporte en pesos
I’ (I prima)$8.517,28
II’ (II prima)$11.924,01
III’ (III prima)$17.034,42
IV’ (IV prima)$27.255,06
V’ (V prima)$37.475,55

C) Afiliaciones voluntarias

CategoríaImporte en pesos
I$7.787,23


D) Menores de 21 años

CategoríaImporte en pesos
I$7.787,23

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

CategoríaImporte en pesos
I$6.570,48

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría Importe en pesos

CategoríaImporte en pesos
I$2.676,86

Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías vigentes hasta febrero de 2007

Categorías hasta febrero 2017Importes a pagar
A$6.073,81
B$7.456,14
B’$8.155,15
C$9.967,16
C’$10.901,94
D$14.911,94
D’$16.309,93
E$24.898,96
E’$27.233,23
F$34.827,61
G$49.778,74
G’$54.445,50
H$74.697,42
I$93.444,94
J$93.444,94

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$5.124,78

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$2.087,87

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)

CategoríasRentas de referencia en pesos
I$24.335,10
II$34.068,61
III$48.669,77
IV$77.871,60
V$107.073,03

Punto 4 del artículo 1º del Decreto 1866/2006:

a) Sustituyese en el primer párrafo del Artículo 19 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS” ($175.207,83)”.

b) Sustituyese en el primer párrafo del Artículo 20 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS” ($175.207,83)”.


Si necesitas realizar cualquier consulta sobre los valores de autónomos a partir de SEPTIEMBRE 2022 o necesitas realizar algún trámite lo mejor es contratar a un profesional matriculado, por eso te recomendamos comunicarte con nosotros.


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Recategorización IIBB Septiembre 2022

categorías IIBB regimen simplificado AGIP 2022

Durante el mes de Septiembre del año 2022 está abierta la recategorización para aquellos inscriptos en IIBB (Ingresos BrutosRégimen Simplificado de AGIP.

Por ello es clave que cada contribuyente revise los rangos y su correcta inclusión en la categoría correspondiente a fin de evitar multas e intereses.

La Agencia de rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires trabaja constantemente en el cruce de información tanto con la Agencia Federal de Ingreso Públicos (AFIP) como otros actores públicos y privados a fin de verificar la correcta inclusión en las escalas de acuerdo al volumen real de las actividades, que dan origen a recategorizaciones y exclusiones de oficio cuando se detectan irregularidades.

Los parámetros de cada categoría cambian todos los años, por eso hay que analizar que el contribuyente no quede excluido por no cumplir todos los requisitos.

La categorías de IIBB del régimen simplificado AGIP del 2022 son las siguientes:

categorías IIBB regimen simplificado AGIP 2022

Para analizar la base imponible correspondiente a la presente recategorización de IIBB hay que sumar la facturación, energía consumida y la superficie afectada entre Septiembre 2021 y Agosto 2022 (ambos meses inclusive).

En todos los casos la actividad debe ser realizada exclusiva y únicamente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si realizan la actividad en más de una provincia (jurisdicción) se deben inscribir en convenio multilateral.

Valores Autónomos Junio 2022

Valores Autónomos Junio 2022

Valores vigentes para los trabajadores autónomos a partir de Junio 2022 según la categoría correspondiente.

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/06/2022.

Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

CategoríaImporte en pesos
I$6.740,44
II$9.436,47
III$13.480,76
IV$21.569,22
V$29.657,55

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

CategoríaImporte en pesos
I’ (I prima)$7.372,35
II’ (II prima)$10.321,13
III’ (III prima)$14.744,58
IV’ (IV prima)$23.591,33
V’ (V prima)$32.437,95

C) Afiliaciones voluntarias

CategoríaImporte en pesos
I$6.740,44


D) Menores de 21 años

CategoríaImporte en pesos
I$6.740,44

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

CategoríaImporte en pesos
I$5.687,25

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría Importe en pesos

CategoríaImporte en pesos
I$2.317,03

Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías vigentes hasta febrero de 2007

Categorías hasta febrero 2017Importes a pagar
A$5.257,34
B$6.453,85
B’$7.058,90
C$8.627,34
C’$9.436,15
D$12.907,41
D’$14.117,48
E$21.551,94
E’$23.572,43
F$30.145,94
G$43.087,28
G’$47.126,72
H$64.656,30
I$80.883,70
J$80.883,70

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$4.435,88

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$1.807,21

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)

CategoríasRentas de referencia en pesos
I$21.063,88
II$29.488,97
III$42.127,39
IV$67.403,79
V$92.679,85

Punto 4 del artículo 1º del Decreto 1866/2006:

a) Sustituyese en el primer párrafo del Artículo 19 de la Resolución General Nº
2217/2007, por la expresión “PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON SETENTA CENTAVOS” ($151.655,70)”.

b) Sustituyese en el primer párrafo del Artículo 20 de la Resolución General Nº
2217/2007, por la expresión “PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON SETENTA CENTAVOS” ($151.655,70)”.


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