La AFIP actualizó los importes a partir de los cuales en la facturación se debe identificar al comprador y hasta cuándo se consideran operaciones con consumidores finales, a partir de Enero 2022.
Se actualizaron los importes a partir de los cuales se deben consignar los datos de identificación del comprador, locatario o prestatario en el comprobante en cuestión, cuando se trate de un consumidor final.
El INDEC publica los Índices de precios al Consumidor (IPC) y de ahí surge el coeficiente de actualización teniendo en cuenta la variación semestral entre julio 2021 y diciembre 2021.
Los valores máximos para la facturación a consumidores finales eran de $26.228 y de $13.114. Estos importes, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.
A partir de la actualización vigente, cuando el importe de la operación sea igual o superior a $31.590 se deberán consignar los siguientes datos:
También se realizará la identificación cuando el monto sea igual o superior a $ 15.795 y el pago no se efectúe por algún medio electrónico autorizado (tarjetas de crédito, transferencias bancarias, tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa vigente del Banco Central de la República Argentina).
La facturación con consumidores finales a partir de ENERO 2022, será solo en los casos donde sea menor a $15.7954 y $30.590, dependiendo el caso.
La próxima actualización debería ser en el mes de Julio 2022.
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