Valores Autónomos Septiembre 2022

Valores vigentes para los trabajadores autónomos a partir de Septiembre 2022 según la categoría correspondiente.

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/09/2022.

Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

CategoríaImporte en pesos
I$7.787,23
II$10.901,96
III$15.574,32
IV$24.918,92
V$34.263,36

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

CategoríaImporte en pesos
I’ (I prima)$8.517,28
II’ (II prima)$11.924,01
III’ (III prima)$17.034,42
IV’ (IV prima)$27.255,06
V’ (V prima)$37.475,55

C) Afiliaciones voluntarias

CategoríaImporte en pesos
I$7.787,23


D) Menores de 21 años

CategoríaImporte en pesos
I$7.787,23

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

CategoríaImporte en pesos
I$6.570,48

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría Importe en pesos

CategoríaImporte en pesos
I$2.676,86

Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías vigentes hasta febrero de 2007

Categorías hasta febrero 2017Importes a pagar
A$6.073,81
B$7.456,14
B’$8.155,15
C$9.967,16
C’$10.901,94
D$14.911,94
D’$16.309,93
E$24.898,96
E’$27.233,23
F$34.827,61
G$49.778,74
G’$54.445,50
H$74.697,42
I$93.444,94
J$93.444,94

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$5.124,78

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$2.087,87

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)

CategoríasRentas de referencia en pesos
I$24.335,10
II$34.068,61
III$48.669,77
IV$77.871,60
V$107.073,03

Punto 4 del artículo 1º del Decreto 1866/2006:

a) Sustituyese en el primer párrafo del Artículo 19 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS” ($175.207,83)”.

b) Sustituyese en el primer párrafo del Artículo 20 de la Resolución General Nº 2217/2007, por la expresión “PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS” ($175.207,83)”.


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