Créditos a tasa cero para monotributistas

Créditos a tasa cero para monotributistas

El Gobierno nacional lanza nuevos Créditos a Tasa Cero por hasta $150.000 para monotributistas de todo el país, al igual que el año pasado.

Más de 1 millón de pequeños contribuyentes podrán acceder al financiamiento.

Los créditos garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo se tramitarán a través de la página web de la AFIP y las entidades financieras los acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada pequeño contribuyente.

Los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.

La posibilidad de solicitar un Crédito a Tasa Cero se habilitó los últimos días de agosto.

Los Créditos a Tasa Cero para monotributistas son una herramienta para apuntalar el proceso de recuperación económica.

Al acceder con clave fiscal al sitio web de la AFIP, el monotributista podrá saber si, de acuerdo a los criterios fijados por la normativa del Ministerio de Desarrollo Productivo, está habilitado a tramitar un Crédito a Tasa Cero.

El monto del préstamo al que podrá acceder cada pequeño contribuyente dependerá de la categoría de su monotributo previa a la recategorización (la que se encontraba vigente al 30 de junio):

  • Categoría “A”: hasta $90.000
  • Categoría “B”: hasta $120.00
  • Resto de las categorías: hasta $150.000

    El trámite se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal. Al acceder los monotributistas deberán clickear en la solapa “Crédito Tasa Cero” donde podrán ver el monto del crédito que corresponde de acuerdo a su categoría.

Los interesados deberán seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.

Los fondos se acreditarán en esa tarjeta en un solo desembolso. Quienes no posean tarjeta de crédito deberán seleccionar el banco con el que operan habitualmente para continuar con la tramitación.

Aquellos monotributistas que accedieron a un Crédito a Tasa Cero en 2020 pueden volver a solicitarlo.

Cuando la o el solicitante se encuentre en una situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

Los Créditos a Tasa Cero contarán con una garantía del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) y la bonificación de la tasa de interés que se concreta con el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

¿Qué criterios/requisitos deben cumplir los monotributistas que solicitan un Crédito a Tasa Cero?

Además de los criterios en materia niveles de facturación, la normativa establece que para acceder a un crédito los monotributistas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Encontrarse adheridos al Régimen Simplificado desde, al menos, el 31 de mayo de 2021.
  • Poseer constituido el domicilio fiscal electrónico.
  • Para quienes operan con factura electrónica, cuando el promedio mensual de la facturación del primer semestre de 2021 sea inferior o igual a 1,2 veces el límite inferior de su categoría, proporcionado de forma mensual. En el caso de la categoría “A” se considerará como límite la suma de $20.800.
  • Para quienes no operan con factura electrónica, cuando el promedio mensual de las compras del primer semestre de 2021 sea inferior al 80% de 1,2 veces el límite inferior de su categoría, proporcionado en forma mensual. En el caso de la categoría “A” se considerará como límite la suma de $20.800.-
  • No prestar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal. Se considera que prestan servicios en esos sectores cuando al menos el 70% de su facturación del primer semestre de 2021 haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.
  • No percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación.
  • No estar, al 30 de junio de 2021, en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.
  • No revestir la condición de sucesión indivisa.
  • No haber sufrido la ejecución de la garantía FOGAR por el crédito a tasa cero obtenido en el marco del Programa ATP

Para acceder al crédito, sus ventas con factura electrónica el promedio mensual de facturación del primer semestre del 2021 debe ser:

CategoríaMenor o igual
A$20.800
B$28.244
C$42.366
D$56.488
E$84.733
F$112.977
G$141.222
H$169.466
I$235.370
J$276.560
K$317.750

Hay tiempo hasta el 31 de diciembre del 2021 para solicitar el crédito.

Por otro lado, una vez que hubieran accedido al beneficio y hasta la cancelación total del crédito, los beneficiarios no podrán:

  • Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones de formación de activos externos (no podrán comprar dólar turista).
  • Realizar ventas en el país de títulos valores en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos, ni transferirlos a entidades del exterior.


Si necesitas realizar algún trámite lo mejor es contratar a un profesional matriculado, por eso te recomendamos comunicarte con nosotros.

Seguinos en nuestras redes: Facebook y en Instagram para más información.

Monotributo Unificado Buenos Aires

monotributo unificado arba buenos aires

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (más conocida como ARBA), estableció que los pequeños contribuyentes se podrán adherir al monotributo unificado.

Una medida conjunta de la AFIP y la ARBA beneficia a más de 1 millón de contribuyentes de la provincia de Buenos Aires que podrán pagar el monotributo e ingresos brutos en una sola operación.

La implementación del monotributo unificado simplificará el cumplimiento de las obligaciones tributarias y reducirá la carga administrativa de las y los bonaerenses.

La puesta en marcha de la herramienta en la provincia fue anunciada este miércoles por el gobernador Axel Kicillof junto con Mercedes Marcó del Pont y Cristian Girard.

El monotributo unificado es una herramienta que permite simplificar y unificar trámites nacionales y provinciales como el pago de impuestos.

Con la firma de la resolución conjunta entre la AFIP y la ARBA, Buenos Aires pondrá a disposición de sus contribuyentes los beneficios a los que ya acceden Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Rio Negro, San Juan y Salta.

La medida permitirá abonar en forma simultánea en un único pago el monotributo e ingresos brutos.

Durante agosto las y los contribuyentes deberán adherirse al nuevo monotributo unificado que comenzará a regir a partir de septiembre.

Quienes adhieran sumarán otros beneficios al pago unificado del monotributo y los ingresos brutos, ya que no se les aplicarán más retenciones y percepciones y, al mismo tiempo, dejarán de presentar declaraciones juradas en la Provincia.

Los valores que se sumaran a la categoría del monotributo por el componente de Ingresos Brutos para quienes opten por sumarse al monotributo unificado de Buenos Aires son los siguientes para el año 2022:

Categoría Reg SimplificadoImporte fijo mensual
A$289
B$556
C$876
D$1.477
E$2.415
F$3.229
G$4.199
H$8.649
I$10.744
J$12.844
K$14.828

¿Qué beneficios tendrás como monotributista adherido a Ingresos Brutos simplificado?

  • Harás un solo pago mensual -con monto fijo y predeterminado- de Monotributo nacional e Ingresos Brutos provincial.
  • Dejarás de presentar declaraciones juradas mensuales y anuales.
  • ARBA no te practicará más retenciones y percepciones por movimientos en tus cuentas bancarias, operaciones con tarjetas de crédito o compras a proveedores.

¿Quiénes pueden acceder a este régimen simplificado?

  • Quienes sean contribuyentes locales de IB –incluyendo todas las categorías de Monotributo- y no estén inscriptos en Convenio Multilateral.
  • Únicamente las personas humanas (incluye sucesiones indivisas). Se excluyen personas jurídicas.
  • Quienes estén registrados en Monotributo nacional con domicilio fiscal en provincia de Buenos Aires.

Si necesitas realizar algún trámite lo mejor es contratar a un profesional matriculado, por eso te recomendamos comunicarte con nosotros.

Seguinos en nuestras redes: Facebook y en Instagram para más información.

La AFIP reglamentó la ley de alivio fiscal

La AFIP reglamentó la ley de alivio fiscal

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó los beneficios para monotributistas previstos en la ley de alivio fiscal.

La reglamentación del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont retrotrae los valores mensuales de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020.

La normativa también habilita un esquema excepcional de actualización de las escalas y establece una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas.

Asimismo, la reglamentación de la ley facilita la permanencia en el régimen simplificado para quienes fueron excluidos por distintos motivos.

La Resolución General N° 5034 que instrumenta las modificaciones previstas en la Ley 27.639 se publicó este martes en el Boletín Oficial.

La AFIP reglamentó la Ley de Alivio fiscal

Para garantizar que ningún monotributista experimente aumentos en sus cuotas durante el primer semestre del año, la reglamentación retrotrae los valores de las obligaciones de enero a junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020.

De esta forma, los pequeños contribuyentes dejarán de visualizar las diferencias generadas del período enero-junio en el portal web Monotributo o en la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA).

Quienes tengan saldo a favor podrán reimputar esos montos para efectuar nuevos pagos.

Asimismo, los montos mensuales de los tres componentes -impositivo, obra social y jubilación- de la cuota del monotributo se actualizaron a partir de julio.

Actualización de escalas

La normativa habilita la actualización excepcional de las escalas. La ley contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%.

El aumento es más significativo en las categorías más bajas. De esta forma, al momento de realizar la recategorización que estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto, muchos contribuyentes podrán facturar más y/o pagar una cuota menor.

Las nuevas escalas del monotributo estarán vigentes entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

Ver nuevos valores de las escalas del monotributo

Moratoria para monotributistas

La normativa de la AFIP habilita una moratoria para que los monotributistas regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021, inclusive.

El plan de facilidades contempla la condonación de intereses y multas.

Los pequeños contribuyentes podrán regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.

El servicio para adherirse a la moratoria estará disponible a partir del 6 de agosto.

Permanencia en el régimen simplificado

La Ley 27.639 aprobada por el Congreso dispone la creación de un programa específico de alivio fiscal que facilita la permanencia en el monotributo para quienes fueron excluidos por diversos motivos.

La iniciativa establece que podrán permanecer en el monotributo quienes hayan estado inscriptos al 30 de junio en el régimen simplificado y que en algún período anterior hubieran excedido los valores máximos de facturación.

También incluye a contribuyentes que entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021 fueron excluidos y registrados en el régimen general.

Asimismo, para quienes superaron los límites de su categoría y pasaron a autónomos entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2021, podrán optar por volver al monotributo.

Para permanecer en el régimen simplificado deberán ingresar una “cuota adicional” que variará según la categoría en la que se encuentran registrados y cumplir un conjunto de condiciones.

Si se encuentran en las categorías E, F y G deberán pagar 1 cuota mensual de su categoría y si están en H, I, J y K tienen que abonar 2 cuotas.

Los A, B, C y D que se encuentren en esa situación irregular conservarán su condición de monotributistas sin pagar cuota especial.

Los contribuyentes no deben haber superado el límite de ingresos brutos permitidos en 1,5 cantidad de veces la categoría máxima prevista por la nueva ley y no deben poseer bienes por más de $6,5 millones en 2020. A tal efecto no será considerada la casa habitación.


Si necesitas realizar algún trámite lo mejor es contratar a un profesional matriculado, por eso te recomendamos comunicarte con nosotros.

Seguinos en nuestras redes: Facebook y en Instagram para más información.