Cómo saber si tu empleador te dio de Alta en AFIP

cómo saber si tu empleador te dio de alta en AFIP

Hace poco empezaste a trabajar en blanco y queres saber si tu empleador te dio de Alta en AFIP, te vamos a enseñar cómo averiguarlo en pocos pasos.

Actualmente hay dos opciones:

Solicitarle la Certificación de servicios y remuneraciones al empleador

Este es un comprobante que detalla el tiempo trabajado y la remuneración recibida durante ese tiempo, que deberás presentar ante ANSES para tramitar el reconocimiento de servicios y acreditar los aportes jubilatorios que el Organismo no tenga registrados.

Podrás solicitárselo a tu empleador, quien la obtendrá a través del servicio con clave fiscal “Simplificación Registral”, opción “Certificación de Servicios”. Previamente, deberá dar el alta al servicio “Mi certificación – ANSES” mediante el “Administrador de Relaciones”.

Sacar vos mismo un Certificado digital de ingresos laborales

Es una constancia validada por AFIP que muestra las remuneraciones de los últimos 6 meses de todos los empleadores con los que hayas trabajado.

Podes constatar o validar el certificado emitido por tu empleador verificando su autenticidad y, en caso de ser necesario generar un nuevo certificado desde el servicio con clave fiscal “Trabajo registrado”.

¿Cómo saber si tu empleador te dio de Alta en AFIP por tus propios medios?

Tenes que tener tu CUIL (o CUIT) y la clave fiscal para ingresar al portal de AFIP.

Luego buscamos el servicio de “Trabajo en Blanco” (si no lo tenes, lo podes activar desde el “Administrador de relaciones de Clave fiscal”.

Luego les va a aparecer la siguiente venta con sus datos:

Donde pueden elegir sacar un “Certificado de Ingresos Laborales” o bajar la “Constancia del trabajador” (Alta).

Si hacen click en la primera opción les va a aparecer esta pantalla:

En este caso el 24/07/2019 ya habíamos solicitado un certificado, pueden solicitar infinidad de certificados.

En la opción de “Constancia del Trabajador” les va a aparecer estas opciones en la pantalla:

Si hacen click en “IMPRIMIR” van a poder imprimir en PDF el siguiente certificado:

Para que tenga valor ante otros organismos puede ser que les pidan que el empleador lo firme.


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Valores Autónomos Diciembre 2020

categorias autonomos diciembre 2020

Valores vigentes para los trabajadores autónomos a partir de Diciembre 2020 según la categoría correspondiente.

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 22/12/2020

Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

CategoríaImporte en pesos
I$3.419,20
II$4.786,86
III$6.838,38
IV$10.941,42
V$15.044,42

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

CategoríaImporte en pesos
I’ (I prima)$3.739,75
II’ (II prima)$5.235,63
III’ (III prima)$7.479,48
IV’ (IV prima)$11.967,18
V’ (V prima)$16.454,83

C) Afiliaciones voluntarias

CategoríaImporte en pesos
I$3.419,20


D) Menores de 21 años

CategoríaImporte en pesos
I$3.419,20

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

CategoríaImporte en pesos
I$2.884,95

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría Importe en pesos

CategoríaImporte en pesos
I$1.175,35

Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías vigentes hasta febrero de 2007

Categorías hasta febrero 2017Importes a pagar
A$2.666,89
B$3.273,86
B’$3.580,78
C$4.376,40
C’$4.786,68
D$6.547,54
D’$7.161,37
E$10.932,66
E’$11.957,60
F$15.292,14
G$21.856,90
G’$23.905,99
H$32.798,22
I$41.029,90
J$41.029,90

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$2.250,19

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$916,74

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)

CategoríasRentas de referencia en pesos
I$10.685,00
II$14.958,92
III$21.369,96
IV$34.191,92
V$47.013,80

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Pensión Universal para Adultos Mayores

pensión universal para adultos mayores

La Pensión Universal para Adultos Mayores (PUAM) es una prestación que otorga ANSES a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión.

Requisitos
– Tener 65 años o más
– Ser argentino o naturalizado con 10 años de residencia en el país (anteriores a la solicitud), o extranjero con una residencia mínima de 20 años.
– No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo. Si estás cobrando una jubilación o pensión, debes renunciar a la misma para iniciar el trámite de la Pensión Universal para el Adulto Mayor
– Mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.

Es equivalente al 80% de una jubilación mínima y se actualiza en forma trimestral por la Ley de Movilidad.

A diferencia del sistema ordinario por el que las mujeres se jubilan a los 60 años, en la PUAM es requisito tanto para mujeres como varones tener más de 65 años.

Las personas que cobran esta pensión cuentan con cobertura de salud y servicios de PAMI, pueden acceder al cobro de asignaciones familiares (por hijo/hijo con discapacidad, por cónyuge y ayuda escolar anual) y a los créditos ANSES.

Esta pensión fue creada a fines de 2016 y ya tiene 186.384 beneficiarios.

De acuerdo al diario Clarín, en 2020, accedieron a este beneficio 37.117 personas, mientras los que se jubilaron con los aportes completos o por moratoria sumaron 115.196. O sea, uno de cada 4 nuevos jubilados en 2020 accedió a través de la Pensión Universal para adultos mayores.

La PUAM no da derecho a la pensión por viudez (no es heredable por el cónyuge). Y no toma en cuenta los aportes que haya hecho el solicitante, por lo cual todos los beneficiarios de la PUAM cobran exactamente lo mismo.


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