Cómo tramitar el CODEM

como tramitar el codem

En este posteo vamos a explicar qué es el CODEM, para qué sirve y cómo tramitar el certificado paso a paso.

El CODEM es el Comprobante De Empadronamiento en la Obra Social. Es el certificado donde figura a qué Obra Social se están efectuando los aportes y a quienes tiene a cargo el titular del grupo familiar.

Los trabajadores en actividad, quienes cobran la prestación por desempleo y los jubilados y pensionados tienen cobertura de una obra social al igual que sus familiares a cargo (esposo/a o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando, hijos con discapacidad sin límite de edad).

Este comprobante se puede obtener desde la sección Trámites en Línea de la página web de ANSES.

Cómo tramitar paso a paso el CODEM (con imágenes)

Si querés consultar cuál es tu obra social o te pidieron la constancia de empadronamiento, podés obtenerla desde aquí.

Link directo:

https://www.anses.gob.ar/consulta/obra-social-codem

 iniciar consulta

Hacemos click en “iniciar consulta”

ingresar datos

Acá ingresamos el CUIL y el DNI de la persona en cuestión. Luego completamos con el código captcha y hacemos click en “continuar.

Si los datos son correctos nos va a aparecer el resultado:

datos

Y desde esta pantalla podremos imprimir el certificado en PDF haciendo click en la impresora debajo de “CODEM”.

como tramitar el codem

Listo para presentar en el o los organizamos que lo requieran.


La modificación del Comprobante de Empadronamiento (CODEM) se realiza cuando:

  • El trabajador en relación de dependencia modifica su categoría laboral y le corresponde una obra social de distinta naturaleza.
  • El trabajador decide cambiar de Obra Social por ser Personal de Dirección y Asociaciones Profesionales de Empresarios.
  • El trabajador desea modificar su grupo familiar a cargo en la obra social.

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Cambio de obra social para monotributo

monotributo cambio de obra social

La opción de cambio de obra social para beneficiarios del monotributo, monotributistas sociales y personal de casas particulares a través del Nuevo Sistema estará operativo supuestamente a partir del 21 de Diciembre de 2020.

En el marco de las Resoluciones SSSalud N° 1216 y N° 1219 ambas del 1° de octubre de 2020, SE COMUNICA, que con el fin de adecuar debidamente los procesos para el intercambio de datos y novedades entre la Superintendencia de Servicios de Salud y la AFIP, el procedimiento previsto para el ejercicio del derecho solicitar el cambio de su obra social por parte de los beneficiarios del Monotributo, Monotributistas Sociales y Personal de Casas Particulares, se hará operativamente efectivo a partir del día 21 de diciembre de 2020.

En consecuencia se extiende hasta el día 16 de diciembre de 2020 inclusive hasta las 16 hs. la fecha hasta la cual los Agentes del Seguro de Salud podrán remitir los archivos por FTP que registren hasta el 30 de noviembre, en virtud del procedimiento vigente.

ARTÍCULO 7º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día 16 de octubre de 2020 para beneficiarios titulares en relación de dependencia y el día 1º de diciembre de 2020, para los beneficiarios monotributistas, monotributistas sociales y personal de casas particulares, quienes -hasta dicha fecha- podrán seguir ejerciendo el derecho de opción de cambio, solamente mediante formularios firmados ante escribano público o entidad bancaria.

Acá les dejamos el paso a paso:

1. Ingresar a Mi SSSalud con usuario de AFIP y Clave fiscal nivel 2.

2. Cliquear en el botón de Nueva Opción y completar el Formulario con los datos personales.

3. Cliquear luego en el botón de Elección de Obra Social y seleccionar la Obra Social elegida.

4. Confirmar el trámite haciendo click en el botón de Aceptar. el número de trámite aparecerá en el recuadro verde superior.

5. Ratificar los datos ingresados y presionar el botón de Confirmar. automáticamente se enviará un mail a tu casilla de correo.

6. Ingresar en el enlace de Confirmar trámite que aparece en el mail de confirmación para finalizar la solicitud.

Hay un plazo de 48 hs. para confirmar el trámite y que la opción de cambio sea considerada, en caso de no hacerlo la misma será desestimada.


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