Percepción y/o Retención de Ingresos Brutos

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Cada día son más los agentes de percepción y/o retención en el impuesto a los Ingresos Brutos, por ende cada vez son más los contribuyentes que las sufren.

Con la cuarentena en la Argentina aumentaron las ventas a través de medios electrónicos, gracias a Internet, mediante las plataformas online como ser Mercadolibre, Facebook, Instagram y páginas web de las pymes.

Muchos negocios antes solo vendían a nivel local en sus negocios a la calle. Al tener que cerrar sus persianas e intentar obtener ingresos para no perder más dinero empezaron a publicar sus productos por la web. Lo cual llevó a descubrir que podían vender a clientes en otras provincias o en la otra punta del país (ya sea por mercado envíos o por encomienda).

Las ventas por Internet y por teléfono (aunque no se usa mucho últimamente) para la ley son “operaciones entre ausentes”, y por más que el contribuyente tenga su local solamente en una jurisdicción, si el producto es comprado y consumido por una persona en otra jurisdicción el impuesto a los Ingresos Brutos corresponde imputarlo al lugar de destino final se los bienes.

Por eso al vender por mercadolibre o cobrando por mercadopago, los contribuyentes empezaron a notar que “cobraban menos” por sufrir alguna retención de Ingresos Brutos en provincias donde no tienen un local físico.

Una percepción y/o retención de Ingresos Brutos son anticipos que se le cobran en una factura o se le descuentan en algún pago al contribuyente. Son saldos a favor que tiene el contribuyente, pero para no perder ese dinero hay que inscribirse en Convenio Multilateral y darse de alta en estas jurisdicciones.

Por eso, si vendes tus productos y/o servicios por Internet, deberías invertir y contratar a un contador matriculado para que realice la declaración jurada de tus Ingresos Brutos mensuales y luego la DDJJ anual (de donde saldrán los coeficientes unificados), para liquidar el impuesto como corresponde.

Retenciones bancarias SIRCREB

Además de las retenciones que realiza mercadolibre, también están las retenciones bancarias que aparecen en el resumen bancario como “Retención SIRCREB” y se distribuyen entre las provincias en las cuales el contribuyente opera.

Todos los meses la comisión arbitral de Convenio Multilateral genera un padrón con las alícuotas que debe aplicar el Banco (quien actúa como agente de retención) a los montos que ingresas en las cuentas bancarias de determinados CUIT.

Para evitar estas retenciones hay que tener las declaraciones juradas de Ingresos Brutos al día, para que te excluyan del padrón en la mayoría de los meses del año.


Si necesitas realizar algún trámite lo mejor es contratar a un profesional matriculado, por eso te recomendamos comunicarte con nosotros.

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Programa de Asistencia Tributaria de ARBA

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La Agencia de Recaudación Provincia de Buenos Aires, más conocida como ARBA, implementó el programa de asistencia tributaria para los contribuyentes de la provincia.

Arba implementó una serie de medidas que tratan de acompañar, sostener y ayudar a empresas, pymes, autónomos y contribuyentes afectados por la pandemia.

Estas iniciativas forman parte del Programa de Asistencia impulsado por el Gobierno de la Provincia y contiene diferentes planes de pago para regularizar deudas; descuentos en Ingresos Brutos; rebajas en las alícuotas en regímenes de recaudación; y una mejora en el procedimiento de devolución de los saldos a favor.

A continuación les detallamos un poco más cada una de estas medidas del Programa de Asistencia Tributaria de ARBA.


Bonificación de Ingresos Brutos en 206 actividades

Hasta fin del corriente año, Arba va a aplicar un descuento de 50% en IIBB para pymes y microempresas. En tanto que la bonificación para otras empresas será del 15%.

Este beneficio es exclusivo para un conjunto de 206 actividades económicas que tuvieron dificultades para operar por la pandemia o, porque por la cuarentena, sufrieron una fuerte caída de ingresos.


Reducción de las alícuotas en los regímenes de recaudación

Con el Programa de Asistencia Tributaria de ARBA se determinó una disminución al mínimo de las alícuotas de retención y percepción en los regímenes de recaudación de Ingresos Brutos.

Esta medida beneficia a las pymes con ingresos declarados de hasta un millón de pesos ($1.000.000) en 2019 y empresas que, por la caída en las ventas, hayan tenido un aumento en la relación entre deducciones y el impuesto determinado.


Plan de pagos covid

Lanzaron un plan de regularización para deudas contraídas exclusivamente durante la pandemia, específicamente aquellas entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2020.

Está destinado a quienes tengan actividad económica de cualquier rubro y en ese período de tiempo hubiesen declarado ingresos de hasta un 5% mayor que en 2019.

Se puede optar por planes de 12 cuotas sin interés o de 18 con tasa fija.


Ampliación del programa permanente de Regularización

Este programa permite regularizar con planes de facilidades las deudas de todos los impuestos, vencidas al 31 de mayo de 2020.

Incluye las que están en situación pre-judicial como judicial. También comprende a todos los planes de pago que se encuentren caducos al 31 de Mayo de 2020.

Las opciones de financiamiento alcanzan hasta sesenta (60) cuotas en las deudas prejudiciales; y pueden llegar a veinticuatro (24) o treinta y seis (36) meses en las judiciales.


Mejoró el proceso de devolución de saldos a favor

La agencia elevó a $300.000 el monto que permite acceder al trámite de devolución automática de saldos a favor, que se gestiona a través de su web y se resuelve en unas 72 horas hábiles. Siempre y cuando se cumplan todos los requisitos.

Asimismo, se incorporó la posibilidad de compensación para que, con el crédito fiscal de Ingresos Brutos, se puedan cancelar deudas propias de otros impuestos patrimoniales.


Beneficio financiero y plan especial para agentes de recaudación

Arba amplió el plazo para ingresar las percepciones, que pasó de 15 a 30 días.

Además, se instrumentó un plan de pagos especial para empresas que actúen como agentes de recaudación y posean deudas por omisión.


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Monotributo vs Autónomo

monotributo vs autonómo

Acá les dejamos las principales diferencias entre un Autónomo (responsable inscripto) vs un inscripto en Monotributo.

Monotributistas

Realizan el pago de (IVA y Ganancias), Jubilación y Obra Social con una única cuota mensual.

Depende su actividad y los ingresos anuales que tengan, tendrá una categoría asignada, con un tope anual de facturación.

La Facturación que emitan será del tipo C.

Recategorización semestral (enero y julio).
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Autónomos

Realizan aportes previsionales mensuales, es decir, pagan jubilación.

Según su actividad que realicen tendrán una actividad distinta.

IVA: Lo pagan mensualmente, según sus compras y ventas. Es variable.

Ganancias: Lo pagan anualmente. Es variable.

Obra social: Se contrata de forma particular.

La facturación que emitan será de tipo A y B.

No poseen tope anual de Facturación.

INGRESOS BRUTOS

Es igual para los dos, en algunas provincias se puede unificar el monotributo con ingresos brutos, no así los responsables inscriptos. CABA y Buenos Aires no admite la unificación de ninguno.

Si necesitas analizar si para tu emprendimiento en especial te conviene el monotributo vs inscribirte como autónomo, escribinos!


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