Análisis de Situación Impositiva

Análisis de Situación Impositiva

Como cada fin de año nos dedicamos a realizar el análisis de situación impositiva de nuestros clientes y de los pequeños contribuyentes que nos consultan para ver si están en regla con las leyes actuales.

Trabajamos junto a los pequeños emprendedores (monotributistas y responsables inscriptos personas físicas -autónomos-) en el análisis y desarrollo de estrategias de planificación de acuerdo a cada negocio, con el objetivo de minimizar la carga tributaria dentro del marco legal pertinente.

Nuestros análisis de situación impositiva incluyen:

  • Asesoramiento y planeamiento impositivo municipal, provincial y nacional de personas físicas.
  • Liquidación de impuestos.
  • Auditorías fiscales.
  • Confección y/o revisión de declaraciones juradas.
  • Recupero de Impuestos.
  • Atención de inspecciones y trámites impositivos.

Nos ocupamos de realizar el relevamiento general de la información y documentación disponible con la cual, luego de un análisis integral, elaboramos un informe detallado, estimando el alcance, plazos y montos de las cargas impositivas.

Las auditorias estarán enfocadas de acuerdo a las necesidades del cliente y el grado de profundización de las mismas dependerá de los objetivos perseguidos.

Determinación de las obligaciones impositivas que recaen sobre el emprendedor, tanto de impuestos directos como indirectos.

Revisión del cumplimiento tributario, mediante verificaciones periódicas de las obligaciones tributarias, a efectos de constatar que el contribuyente esté cumpliendo adecuadamente con sus obligaciones tributarias a nivel nacional, provincial y municipal.

La gran cantidad de regímenes de retención y percepción de impuestos puede generar en muchos casos acumulación de saldos a favor por ingresos en exceso de las obligaciones fiscales.

Ante esta situación, las normas contemplan ciertos mecanismos que permiten a los contribuyentes el recupero de esos saldos a favor y créditos fiscales. Nos ocupamos de analizar su conveniencia y de realizar: Solicitudes de devolución y/o acreditación de los mismos.

En las inspecciones antes los diferentes fiscos realizamos procedimientos, gestiones, negociación y demás trámites ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Direcciones de Rentas Provinciales, Municipales y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


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Recategorización IIBB Septiembre 2020

recategorización iibb regimen simplificado septiembre 2020

Durante el mes de septiembre del año 2020 está abierta la recategorización para aquellos inscriptos en IIBB (Ingresos Brutos) Régimen Simplificado de AGIP.

Por ello es clave que cada contribuyente revise los rangos y su correcta inclusión en la categoría correspondiente a fin de evitar multas e intereses.

La Agencia de rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires trabaja constantemente en el cruce de información tanto con la Agencia Federal de Ingreso Públicos (AFIP) como otros actores públicos y privados a fin de verificar la correcta inclusión en las escalas de acuerdo al volumen real de las actividades, que dan origen a recategorizaciones y exclusiones de oficio cuando se detectan irregularidades.

Los parámetros de cada categoría cambian todos los años, por eso hay que analizar que el contribuyente no quede excluido por no cumplir todos los requisitos.

La categorías del régimen simplificado AGIP del 2020 son las siguientes

recategorización iibb regimen simplificado septiembre 2020

Para analizar la base imponible correspondiente a la presente recategorización de IIBB hay que sumar la facturación, energía consumida y la superficie afectada entre Septiembre 2019 y Agosto 2020 (ambos meses inclusive).

En todos los casos la actividad debe ser realizada exclusiva y únicamente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las próximas recategorizaciones serán en Enero y en Mayo del año 2021.


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Condonación del ABL para comercios no esenciales

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La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) dictaminó una condonación en el impuesto Inmobilirario (ABL) para los comercios no esenciales.

Los comercios alcanzados por esta medida del gobierno porteño son aquellos que cumplen las siguientes condiciones:

  • Que estén inscriptos en alguna de las siguientes actividades gastronómicas: restaurantes, bares, cafeterías, pizzerías, casas de comidas, heladerías, fast food, etc.
  • Inmuebles de la Ciudad de Buenos Aires donde se desarrollen actividades de hotelería, alojamiento, pensiones, geriátricos, albergues transitorios y moteles.
  • Comercios porteños en los cuales se desarrollen actividades de venta de bienes muebles y prestación de servicios.

Los comercios no esenciales que encuandren en alguno de los puntos mencionados anteriormente gozarán de la condonación de las cuotas de junio y Julio 2020 del Impuesto Inmobiliario/ABL.

Este beneficio alcanza tanto a propietarios de dichos inmuebles como a locatarios, en los casos en que, por contrato, éstos últimos hayan asumido la obligación del pago del ABL.

En todos los casos, las actividades llevadas a cabo en estos inmuebles deben estar habilitadas y/o autorizadas a funcionar.

La solicitud del beneficio solo podrá ser realizadapor el titular del inmueble, con Clave Ciudad, ingresando al aplicativo “Alivio Fiscal Pandemia Covid-19”.

Una vez finalizada la solicitud de condonación, se le enviará una comunicación al mail informado como Domicilio Fiscal Electrónico, informando el reconocimiento o no de dicho trámite.

Aquellos contribuyentes que ya hubieran pagado los meses junio/julio 2020, y realicen la solicitud de condonación antes del 31/08/2020 , se les generará un crédito fiscal para la cancelación de las últimas cuotas del 2020.

Aquellos que lo soliciten luego del 31/08/2020, el crédito fiscal se computará para la cancelación de cuotas del año 2021.

Para los ciudadanos con comercios afectados por la pandemia y que ya hubieran hecho el pago anual, se les computará un crédito fiscal equivalente a 2 meses, para la cancelación de cuotas del ejercicio fiscal 2021.


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