Clave Fiscal AFIP

clave fiscal afip

¿Qué es la Clave Fiscal AFIP? ¿Cómo tramitarla o recuperarla? Todo lo que tenes que saber sobre la Clave Fiscal lo encontras acá:

La clave fiscal es una contraseña para que puedas realizar tus trámites de AFIP desde cualquier computadora, tablet o smartphone conectado a internet.

Para que sea más segura deberá tener 10 caracteres como mínimo y 64 como máximo. Además, es requisito que la clave contenga al menos 2 números, 4 letras, 1 mayúscula y 1 minúscula.

Operar con clave fiscal te garantiza la confidencialidad de la información que envías. Para obtenerla es necesario cumplir con ciertas formalidades, a fin de generar un entorno seguro para las operaciones que realices.

La Clave Fiscal es única e intransferible y no se bloquea por falta de uso.

Por razones de seguridad, la AFIP solicita que modifiques tu clave si :
– La misma no cumple con los requisitos y/o
– Si transcurrieron más de 365 días de la última vez que la modificaste.

¿Cuáles son los niveles de seguridad?

El nivel de seguridad de la clave fiscal determina los servicios AFIP que podrás utilizar: cuanto mayor sea el nivel de seguridad, mayor es la cantidad de servicios a los que tendrás acceso y, a la vez, mayor será la cantidad de datos requeridos para obtener la clave.

Hay 4 niveles de seguridad de Clave Fiscal, El más utilizado y requerido es el Número 3.


Recupero de Nivel de Seguridad 3

Trámite electrónico

Podés recuperar tu clave fiscal desde la app “Mi AFIP”, disponible para todos los dispositivos móviles con cámara de fotos frontal y acceso a internet.

Son requisitos indispensables, contar con DNI argentino en formato tarjeta y ser mayor de edad.

Para ello, ingresá al menú “Herramientas”, opción “Solicitud y/o recupero de clave fiscal”. Luego, deberás escanear el código de tu DNI y tomar fotografías de tu rostro.

¡Descargá la app “Mi AFIP” y solicitá tu clave fiscal!

Trámite presencial

En uno de los puestos de autogestión de recupero de clave fiscal en cualquier dependencia de AFIP, identificándote con tu huella digital, sólo cuando se tengan registrados los datos biométricos.

En cualquier dependencia de AFIP, con turno web solicitado previamente y un formulario 206 – Multinota en el que manifiestes la voluntad de blanquear tu clave fiscal.


Recupero digital de Nivel de Seguridad 2

Homebanking

A través de homebanking, utilizando el acceso provisto por la entidad bancaria, seleccioná “Servicios AFIP”, opción “Blanqueo de Clave Fiscal”. Para este método de recupero se asignará el nivel de seguridad 2 en forma posterior a la realización del cambio de contraseña.

Cajero automático

Desde un cajero automático habilitado, realiza el recupero a través del acceso provisto por la entidad bancaria para tal fin. El paso a paso va a depender de si el cajero es de la red LINK o BANELCO.


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Valores Autónomos Septiembre 2020

valores autonomos septiembre 2020

Valores vigentes para los trabajadores autónomos a partir de Septiembre 2020 según la categoría correspondiente.

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 17/09/2020

Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

CategoríaImporte en pesos
I$3.256,38
II$4.558,90
III$6.512,5
IV$10.420,40
V$14.328,01

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

CategoríaImporte en pesos
I’ (I prima)$3.561,67
II’ (II prima)$4.986,30
III’ (III prima)$7.123,32
IV’ (IV prima)$11.397,31
V’ (V prima)$15.671,27

C) Afiliaciones voluntarias

CategoríaImporte en pesos
I$3.256,38


D) Menores de 21 años

CategoríaImporte en pesos
I$3.256,38

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

CategoríaImporte en pesos
I$2.747,57

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría Importe en pesos

CategoríaImporte en pesos
I$1.119,38

Categorías de revista, vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías vigentes hasta febrero de 2007

Categorías hasta febrero 2017Importes a pagar
A$2.539,90
B$3.117,96
B’$3.410,26
C$4.168,00
C’$4.558,75
D$6.235,76
D’$6.820,36
E$10.412,05
E’$11.388,18
F$14.563,95
G$20.816,09
G’$22.767,60
H$31.236,40
I$39.076,10
J$39.076,10

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº
24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad
autónoma

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$2.143,04

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categoría vigente hasta febrero de 2007 Importe a pagar

Categorías vigentes hasta febrero 2007Importe en pesos
A$873,09

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)

CategoríasRentas de referencia en pesos
I$10.176,19
II$14.246,59
III$20.352,34
IV$32.563,73
V$44.775,05


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Monotributo Unificado

monotributo unificado

El monotributo unificado es un “Sistema Único Tributario” que integra el Monotributo Nacional, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos provincial y la Contribución municipal que corresponda.

En algunas provincias los pequeños contribuyentes podrán abonar el monotributo, el impuesto sobre los ingresos y la contribución municipal o comunal en un solo pago.

Al momento de adherirse al Monotributo, deberán declarar su condición frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y a la contribución municipal y/o comunal que incide sobre su actividad.

La adhesión se realiza con clave fiscal a través del Portal Monotributo, opción “alta monotributo”. Una vez completos los datos requeridos, el sistema emitirá una constancia de la transacción y la credencial para que realices el pago.

La credencial para el pago contendrá el Código Único de Revista (CUR), que será generado para cada caso, en base a la situación del ciudadano frente a:

  • El impuesto integrado.
  • Los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Sistema Nacional del Seguro de Salud, de corresponder.
  • El impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen Simplificado Provincial.
  • La contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.

La condición del ciudadano adherido al monotributo provincial se acreditará mediante la constancia de opción que se obtendrá a través del Portal Monotributo, opción “constancias/constancia de CUIT”. La constancia también podrá ser consultada, ingresando sin clave fiscal a través de la opción “constancia de inscripción”.

Los ciudadanos adheridos al monotributo deberán ingresar el pago electrónico de la obligación mensual junto con los montos correspondientes al impuesto sobre los ingresos brutos y al régimen simplificado de la contribución que incide sobre la actividad que desarrollen.

La modificación de datos deberá realizarse dentro de los 10 días hábiles de ocurrida, a través del Portal Monotributo.

Quienes modifiquen su domicilio fiscal a una de las jurisdicciones incluidas en el sistema unificado, serán dados de alta de oficio.

Por su parte, aquellos ciudadanos que informen una modificación de su domicilio fiscal en alguna provincia fuera de la siguiente lista, serán dados de baja de oficio.

Provincias alcanzadas por el monotributo unificado:

  • Córdoba
  • Mendoza
  • San Juan
  • Jujuy
  • Río Negro
  • Entre Ríos
  • Salta
  • Buenos Aires
  • Neuquén
  • Santa Cruz
  • Chaco
  • Catamarca

Una vez realizadas estas modificaciones, tenés que ingresar al Portal Monotributo, opción “constancias/credencial de pago” para obtener la nueva credencial de pago.

La baja por fallecimiento en el monotributo provincial, el cese de actividades o la renuncia, implicarán asimismo la baja en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Los beneficios
– Un solo pago, en lugar de dos.
– Vencimiento único: el día 20 de cada mes, como rige actualmente para el Monotributo AFIP.
– Eliminación de Percepciones, Retenciones y Recaudaciones Bancarias a los monotributistas. Esto implica que los monotributistas dejarán de adelantar el pago de los impuestos cada vez que hacen una compra, una venta a través de medios digitales o un movimiento en sus cuentas bancarias.
– Un canal integrado de gestión de trámites y servicios, centralizado en el micrositio Mi Monotributo de AFIP.
– Un solo paso para el alta de tu Monotributo, válido para las dos administraciones.

Exclusión y baja de oficio del monotributo unificado

La exclusión de pleno derecho será comunicada a la administración tributaria de la provincia, y quedará constancia en el Sistema Único Tributario.

La administración tributaria provincial que excluya de pleno derecho al pequeño contribuyente del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos, informará esa circunstancia a esta Administración Federal y al municipio o comuna.

Aquellos excluidos de oficio serán dados de alta automáticamente en los tributos del régimen general en las jurisdicciones nacional y provincial, y podrán utilizar las vías recursivas habilitadas para expresar su disconformidad.

La baja de oficio (automática) implicará la baja del Sistema Único Tributario y, consecuentemente, del régimen simplificado provincial. Para reingresar a los regímenes se deberán regularizar las sumas adeudadas que dieron origen a la baja y todas aquellas que se encuentran pendientes y no prescriptas.


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